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FONDO DE ASISTENCIA EDUCATIVA (FAE)
El Fondo de Asistencia Educativa (FAE), se rige por la Ley Provincial Ley 11.999 a la cual adherimos como ciudad con el Decreto N.º 5085/68. Tiene como objetivo asegurar el mantenimiento, ampliación, construcción y equipamiento de los edificios escolares ubicados en la jurisdicción de la ciudad y zona rural, cuya ejecución no lleve a cabo el Ministerio de Educación de la provincia.
Es coordinado por una Comisión Administrativa, integrada por el intendente municipal, un directivo en representación de las escuelas de gestión pública de los diferentes niveles, un representante de las Asoc. Cooperadoras y un asesor técnico que depende del municipio.
Cada año el municipio, debe prever presupuesto para el fondo de asistencia educativa. Estos fondos se depositan en una cuenta especial, que posee la Municipalidad en el Banco Provincial de Santa Fe, bajo el nombre de "FONDO DE ASISTENCIA EDUCATIVA" y está a la orden conjunta, de los miembros de la Comisión Administradora, con facultades, obligaciones y responsabilidades recíprocas.
Se entregan 4 cuotas anuales, según la Carpeta de Prioridades presentada por las instituciones educativas, a principio de cada ciclo lectivo. En esta carpeta, se presentan dos prioridades de infraestructura y dos de equipamiento, fundamentando el pedido y acompañando con dos presupuestos. La Comisión Administradora, analiza cada Carpeta de Prioridades, para luego proceder a la entrega de las cuotas.
FAE. Instituciones educativas privadas.
Por O R D E N A N Z A N º 1 5 8 9 / 2 0 0 5, se crea el FONDO MUNICIPAL DE APOYO A INSTITUCIONES DE GESTIÓN PRIVADA DE LA CIUDAD DE SUNCHALES, reconocidas o autorizadas por el Ministerio de Educación de la Pcia. de Santa Fe.-
Se conforma así mismo, una Comisión Administradora de los fondos con: dos representantes de cada una de las Escuelas de gestión Privada de la Ciudad de Sunchales, uno en carácter de titular y otro de suplente y un representante del Departamento Ejecutivo Municipal.
Los fondos se distribuyen trimestralmente, 60% repartido en forma equitativa entre las Instituciones Educativas que conformen la Comisión Administradora y el 40% restante se distribuye en forma proporcional a la cantidad de alumnos que asisten a cada una de ellas (matrícula).
Se destina a las siguientes acciones:
a) Construcción, remodelación, ampliación de los bienes inmuebles de cada una de las instituciones educativas.
b) Adquisición de bienes muebles destinados a mejorar el funcionamiento de la institución.
c) Pagos de servicios - electricidad, agua, gas, teléfono- y artículos de limpieza."
Las Escuelas de Gestión Privada que accedan a los recursos del Fondo, deberán presentar trimestralmente los comprobantes de inversión de los mismos, en un todo de acuerdo con las disposiciones de la administración pública, ante la Comisión Administradora del Fondo, la que a su vez será la responsable de elevar la rendición al Departamento Ejecutivo Municipal.